Aumento salarial para empleados de comercio: detallan los sueldos según la categoría
El gremio acordó un incremento bimestral del 8 por ciento: el incremento para septiembre es del 4,25%, y un 3,75% restante, correspondiente a octubre. Cuánto gana un empleado tras la paritaria.
En un reciente acuerdo paritario, los trabajadores del sector de comercio recibirán un incremento salarial del 8% en el bimestre de septiembre-octubre.
Esta medida, que se dividirá en dos entregas, fue acordada entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y diversas entidades empresariales, incluyendo la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca).
El nuevo sueldo básico establecido asciende a $926.000, incluyendo presentismo. De este incremento, el 4,25% se aplicará a partir de septiembre, y el 3,75% restante se implementará en octubre.
El acuerdo, fechado el 1 de octubre, indica que “las partes se reúnen y acuerdan incrementar por el presente, en forma escalonada y por un total que asciende a un 8% las remuneraciones básicas del C.C.T. 130/75 sobre las escalas básicas vigentes”.
El comunicado especifica también la modalidad de entrega y los porcentajes de aumento: “El mencionado incremento del 8% se abonará en forma de asignación no remunerativa (art. 6, ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, de acuerdo con lo siguiente: un 4,25% a partir del mes de setiembre de 2024, un 3,75% a partir del mes de octubre de 2024”.
Empleados de comercio. Archivo
Armando Cavalieri, secretario general de Faecys, resaltó la importancia de este acuerdo, afirmando: “es un paso importante para asegurar el poder adquisitivo de nuestros trabajadores en un contexto económico complejo. Monitoreamos la situación económica para que los salarios puedan acompañar los incrementos de los precios, y que no se vean superados por la inflación”.
Además, las partes firmantes se comprometieron a reunirse en noviembre de 2024 para analizar las escalas salariales convencionales, sumas y porcentajes, en función de las posibles variaciones económicas que pudieran impactar en dichas escalas.
Cuánto cobran los empleados de comercio en octubre de 2024
En octubre, los empleados del sector deberán añadir el 4,25% al valor que figura en la última grilla salarial publicada por el gremio, según la categoría a la que pertenezcan.
Además, dependiendo el caso, los empleados deberán sumar las entregas adicionales que tuvieron en enero y febrero, y dividirlas en tres (ya que se incorporan al básico entre septiembre, octubre y noviembre). De esa manera, en el penúltimo mes del año ya quedarán agregadas estas sumas en su totalidad al sueldo básico.
Cuánto gana el personal de maestranza en octubre de 2024
Categoría A: $825.911
Categoría B: $828.303
Categoría C: $836.679
Cuánto ganan los administrativos en octubre de 2024
Categoría A: $834.886
Categoría B: $840.489
Categoría C: $842.067
Categoría D: $852.839
Categoría E: $861.813
Categoría F: $874.977
Cuánto ganan los cajeros en octubre de 2024
Categoría A: $837.877
Categoría B: $842.067
Categoría C: $847.452
Cuánto ganan los auxiliares en octubre de 2024
Categoría A: $837.877
Categoría B: $843.860
Categoría C: $863.608
Cuánto ganan los auxiliares especiales en octubre de 2024
Categoría A: $845.059
Categoría B: $855.830
Cuánto ganan los vendedores en octubre de 2024
Categoría A: $837.877
Categoría B: $855.832
Categoría C: $861.813
Categoría D: $874.977
Cuándo se suman los nuevos aumentos al sueldo básico
“Los incrementos pactados en el presente mantendrán su condición de no remunerativo, incorporándose a los básicos de convenio en su valor nominal, de la siguiente forma: “incremento no remunerativo septiembre 2024″ con los haberes correspondientes al mes de junio 2025 e “incremento no remunerativo del mes de octubre 2024″ con los haberes correspondientes al mes de julio 2025″, explica el artículo 3 del acuerdo celebrado entre las partes.
Por otra parte, el acta aclara que “los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la Ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego”.
El comunicado oficial del gremio señala que es “condición suspensiva inicial para la validez y exigibilidad de este acuerdo, su previa homologación por parte de la Secretaría de Trabajo de la Nación, lo que así solicitan las partes”. (Con información de La Nación)